29 Abril 2010
Aprueba el Senado la Ley General para Prevenir y Sancionar los delitos en materia de Secuestro.
El Pleno del Senado de la República aprobó un dictamen por el cual se expide la Ley General para Prevenir y Sancionar los delitos en materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y se reforman, adicionan y derogan diversos artículos del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código Penal Federal, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Ley de la Policía Federal, Ley Federal de Telecomunicaciones y la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
El Senador Fernando Elizondo Barragán emitió su voto a favor del dictamen presentado.
Con esta Ley se propone atender la defensa social de los derechos fundamentales de los mexicanos fortaleciendo la respuesta y reacción pública que el Estado asuma para enfrentar el delito de secuestro; establecer tipos penales y sanciones, determinar la distribución de competencias y formas de coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los estados y municipio.
Además propone impulsar y estimular la participación ciudadana frente a la delincuencia y hacer posible la existencia de penas y medidas de seguridad que permitan a jueces o magistrados sancionar hechos delictivos cuando se trate de deshonestidad y desvío doloso de la conducta de servidores públicos.
Esta reforma establece que en los casos de secuestro no procederá la reserva del expediente, aún cuando en base a las diligencias practicadas no hay elementos suficientes para realizar una consignación al Tribunal correspondiente, además de determinar que serán imprescriptibles tanto el ejercicio de la acción penal, como la ejecución de las sanciones por el delito de secuestro.
Obliga a los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones a brindar, previo requerimiento de la autoridad judicial, la información sobre números telefónicos que le sea requerida, así como a proporcionar asistencia técnica e información a la autoridad.Un punto importante de la Ley aprobada radica en que contempla la creación de un Fondo de Apoyo para las Víctimas u Ofendidos del delito de Secuestro, mismo que se orientará prioritariamente a la atención médica y psicológica de las víctimas y protección a menores en desamparo.La minuta fue turnada a la Cámara de Diputados para continuar con el proceso legislativo correspondiente.
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