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25 Marzo 2010

Aprueban iniciativa que reforma los plazos de interposición de controversias constitucionales


El día de hoy fue aprobado por el Senado de la República un dictamen por el cual se reforma el artículo 21 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dicho dictamen propone ampliar los plazos previstos en dicho artículo para la interposición de la demanda de controversia constitucional, de treinta a sesenta días, cuando se trate de actos y de normas generales, y de sesenta a noventa días, cuando se trate de los conflictos derivados de la ejecución de las resoluciones que emita el Senado de la República sobre conflictos de límites de las entidades federativas.

Esta propuesta busca brindar con mayor certeza la adecuada interposición de una controversia constitucional, al suprimir un plazo de tiempo que limita y obliga a los entes agraviados por algún acto o norma general que contraviene la Constitución, a apresurarse a ejercer su derecho y promover la controversia constitucional, y en algunos casos este plazo resulta insuficiente y provoca que al interponerse no se encuentre fundamentada correctamente o que se presente de manera extemporánea lo que provoca el sobreseimiento de la misma.

El dictamen fue turnado a la Cámara de Diputados a fin de continuar con el proceso legislativo.

 

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