Intervención en relación con la aprobación de dictamen de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro; sesión ordinaria del 29 de abril de 2008
Compañeras y compañeros legisladores: En nombre de las Comisiones Unidas de Educación y Estudios Legislativos, me permito presentar a ustedes el día de hoy el dictamen en relación con las observaciones del titular del Ejecutivo Federal al decreto por el que se expide la Ley de Fomento a la lectura y el libro.
Como ustedes recordarán, este decreto fue aprobado por ambas Cámaras del Congreso de la Unión en abril del 2006, y devuelto por el Ejecutivo en el mes de septiembre siguiente precisamente cuando iniciábamos nuestra encomienda como legisladores.
Sin duda, se trata de un asunto relevante que ha ocupado no sólo a los diputados y senadores de la Quincuagésimanovena y Sexagésima Legislatura, sino también a importantes grupos sociales, en especial de las comunidades editorial e intelectual de nuestro país.
El amplio debate suscitado por el decreto por el que se expide la Ley de Fomento a la Lectura y el Libro, ha tenido como escenario no sólo a los Poderes de la Unión, sino a la propia sociedad con opiniones a favor y opiniones en contra en relación con un concepto central de la ley, el sistema del precio uniforme de los libros.
El precio único uniforme es un mecanismo para la venta de los libros bajo el cual cada editor o importador fijará un precio para cada edición que regirá de manera uniforme en todo el territorio nacional, tal como se hace en otros países, destacadamente Alemania, Francia y España y como se hace también con otros productos de la industria editorial como las revistas y los periódicos.
Las observaciones del Ejecutivo son de diversos tipos: unas se refieren a cuestiones de forma y otras al Fondo de la Ley y dentro de estas últimas, unas atienden a las atribuciones del Consejo Nacional de Fomento a la Lectura y el Libro y otras, las de mayor trascendencia se dirigen al sistema del precio único del libro. En el tema del precio único, el Ejecutivo observa que este modelo sería contrario al artículo 28 constitucional que prohíbe los monopolios y que su vigencia afectaría la libre competencia y por lo tanto a los consumidores.
Las observaciones del Ejecutivo son respetables y han sido objeto de seria consideración desde que se recibieron, las de forma y las relativas al Consejo Nacional de Fomento a la lectura y el Libro han sido adecuadamente atendidas, sin embargo en cuanto al sistema del precio uniforme, las comisiones dictaminadoras difieren de manera respetuosa de ellas y en el dictamen se explican puntualmente la razón.
Lo que vale la pena destacar aquí es que con esta ley se pretende revertir la concentración del comercio del libro de alto volumen en pocos canales de distribución que con el Poder que les da su capacidad de compra, desplazan a sus competidores, presionan a los editores y terminan por reducir el surtido de libros y las oportunidades de contacto entre lectores y libros.
De acuerdo a la revisión hecha por las Comisiones de Educación y de Estudios Legislativos, la fijación del precio único es una práctica que existe y ha dado buenos resultados en diversos países que no obstante operan bajo el principio de economía libre de mercado, por este medio han logrado fomentar la producción editorial, el establecimiento de librerías y el hábito de la lectura en la población.
México es uno de los principales países productores editoriales en el mercado hispanoamericano. Sin embargo sus principales competidores, España, Argentina y Colombia cuentan con disposiciones de orden fiscal y legal que facilitan la comercialización de sus productos, lo que ha reducido significativamente la capacidad competitiva de la industria editorial mexicana.
Las experiencias internacionales muestran que este sistema puede contribuir a que se reduzca el precio de todos los libros, a que se aumente el número de librerías y a que ésta compitan en términos de surtidos de libros y atención a sus compradores.
Sin embargo no ignoramos las voces que advierten de posibles consecuencias negativas por esta medida, ante ellas el Congreso y en especial el Senado, deberemos de permanecer atentos al comportamiento de la actividad de edición, distribución y venta de libros y a la evolución de los precios en el mercado respectivo, para que si en cualquier manera se vieren aspectos adversos no deseados, se hagan las correcciones pertinentes mediante las reformas que procedan.
Estimados compañeras y compañeros:
La educación, la lectura y la cultura, representan la expresión más alta del espíritu de las naciones y el libro es en este sentido el soporte natural por excelencia de la cultura y el conocimiento, con la entrada en vigor de la Ley de Fomento a la Lectura y el Libro, esperamos que los mexicanos dispongan de mayor variedad de títulos y a precios más accesibles, con el presente decreto, deseamos en suma contribuir a que la lectura se ensanche como un hábito nacional y como base de una sociedad mejor.
Por ello, los integrantes de las Comisiones de Educación y de Estudios Legislativos, con la opinión y el apoyo de los miembros de la Comisión de Cultura, hemos aprobado el contenido del dictamen en discusión y lo presentamos a ustedes solicitando el voto favorable de esta asamblea.
Es cuanto, señor presidente.
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